jueves, 18 de noviembre de 2010

Abren vía legal para expropiar otros activos de constructoras

El Gobierno oficializó la adquisición forzosa de cinco desarrollos habitacionales y en la norma reconoce el derecho de los propietarios de las viviendas, pero deja abierta una vía legal para ejercer más medidas con los activos de las constructoras, lo que puede abarcar a los otros complejos de casas que están en manos de esas empresas.

El Ministerio de la Vivienda en la Gaceta Oficial No. 39.553 del 15 de noviembre, publicó los decretos en los cuales señala la adquisición forzosa de los desarrollos urbanísticos Lomas de la Hacienda (estado Carabobo), conjunto El Encantado (estado Miranda), parque residencial Mata Linda (estado Miranda), conjunto El Fortín (estado Miranda) y conjunto San Antonio (estado Yaracuy).

Estos desarrollos de viviendas estaban siendo ejecutados por las empresas: Blanchet Construcciones de Venezuela, Inversiones Urbania 2007, Grupo Matalinda, Urbanizadora Nueva Casarapa e Inversiones Siete 13, respectivamente.

La normativa indica que la adquisición forzosa ordenada "comprende lotes de terreno, edificios para viviendas, áreas comunes, almacenes, depósitos, oficinas, maquinarias, materiales, equipos y vehículos (de las empresas). Así mismo (sic) alcanza cualquiera de los bienes muebles o inmuebles, equipos industriales y de oficina e implementos de trabajo dispuestos para la construcción de los desarrollos urbanísticos".

La primera parte de esa disposición, según analistas, tiene un amplio alcance, porque si las constructoras afectadas tienen otros desarrollos de casas en proceso, los entes están en capacidad de ejercer medidas en el futuro sobre esos activos.

Interpretaciones

El presidente de la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, Aquiles Martini, apunta que tal como está prevista la disposición "si una compañía tiene varias construcciones, éstas también se afectan, la norma se presta a muchas interpretaciones".

El abogado, José Vicente Haro, explica que la adquisición forzosa es sobre un urbanismo, pero al notificarse el nombre de la constructora se extiende el alcance de la norma y se crean caminos para que las acciones lleguen a otras obras.

"La indeterminación establecida en el decreto deja abierta muchas vías, de manera que existe la posibilidad de que se sigan tomando medidas".

Después que el primer mandatario, anunció las acciones el pasado 31 de octubre, el 1 de noviembre el Banavih y el Indepabis comenzaron a ejecutar medidas que incluyeron la suspensión de los procesos de protocolización, la prohibición de las constructoras de vender bienes y el nombramiento de juntas administradoras.

La semana pasada el Indepabis ajustó las providencias de designación de las juntas administradoras en los desarrollos y allí estableció que las juntas se encargarán de todas las actividades de las empresas, con lo cual ya se amplió el alcance de las autoridades.

El primer mandatario nacional el pasado domingo, manifestó que las constructoras expropiadas no recibirán ningún tipo de indemnización.

Para Martini con estas resoluciones persiste la incertidumbre en una actividad que está en contracción. "Se está satanizando al sector".

Derecho a la propiedad

La normativa del Ministerio de la Vivienda aclara que se respetarán los derechos de aquellas familias que compraron las viviendas en los desarrollos ahora expropiados.

El decreto indica que "no serán objeto de adquisición forzosa los derechos adquiridos total o parcialmente por los particulares sobre las viviendas unifamiliares o lotes de terreno del desarrollo, con ocasión de la firma de los contratos entre los productores inmobiliarios y los compradores".

Eso indica que aquellas personas que están cancelando las cuotas iniciales o que están esperando el proceso de protocolización en los registros podrán tener los documentos de propiedad de la vivienda.

La norma apunta que también "quedan excluidos de la ejecución aquellos que hubieren protocolizado antes de la publicación del decreto".

José Vicente Haro, expresa que cuando se establecen derechos adquiridos en las viviendas "ninguna resolución puede alterar esos derechos. El Estado debe seguir respetándolos. Los funcionarios no pueden efectuar modificaciones de los contratos, pese a las medidas".

El presidente de la Cámara Inmobiliaria, apunta que respalda el respeto a los derechos, pero asegura que hay dudas con las pasivos laborales, "no hay menciones en el decreto".

El Universal

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