viernes, 17 de diciembre de 2010

Paquetazo legislativo

Entidades no pueden tener participación en aseguradoras. Bancos tendrán 180 días para adaptarse a la nueva Ley

La madrugada de este viernes la plenaria de la Asamblea Nacional aprobó en segunda discusión la Ley de Instituciones del Sector Bancario, cuya discusión se dio con urgencia parlamentaria. Votaron en contra de la norma Patria Para Todos, el Bloque Humanista y Ecológico, así como Podemos. Las instituciones tendrán un plazo para presentar ante la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario el plan de adecuación al nuevo marco legal.La madrugada de este viernes la plenaria de la Asamblea Nacional aprobó en segunda discusión la Ley de Instituciones del Sector Bancario, cuya discusión se dio con urgencia parlamentaria.

Votaron en contra de la norma Patria Para Todos, el Bloque Humanista y Ecológico, así como Podemos. Estas organizaciones cuestionaron, entre otros aspectos, que una ley tan importante para la vida económica fuese discutida y aprobada con tanta celeridad, sin dar tiempo a una mayor reflexión.

El informe para segunda discusión fue aprobado apenas el pasado lunes en la noche por la Comisión de Finanzas. Se realizaron ajustes a la propuesta que tuvo el primer visto bueno en noviembre.

El texto señala que una vez que entre en vigencia la Ley, las instituciones tendrán un plazo de 90 días para presentar ante la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario el plan de adecuación al nuevo marco legal, el cual posteriormente tendrá que ejecutarse en un plazo de 180 días, y solamente se otorgará una prórroga.

En la Ley Orgánica del Sistema Financiero se limita la conformación de grupos financieros, por lo cual en la Ley de Instituciones del Sector Bancario se señala que las entidades tendrán 90 días para presentar al organismo supervisor el programa de desincorporación de su participación en otras instituciones del sistema.

La Ley establece que una entidad no puede tener participación en una casa de bolsa o en una aseguradora.

Además de los plazos para la adecuación al nuevo marco legal, se indica un techo para los créditos al consumo, de manera que las instituciones no podrán destinar más de 20% de su cartera a esos financiamientos. A ello se suma que los bancos tendrán una participación de mercado de hasta 15%. La norma contempla que el bancario se considera servicio público, con lo cual se pueden declarar de utilidad pública los bienes.

El Universal.

No hay comentarios:

Publicar un comentario